El exjuez de la Suprema Corte sostiene que la Carta Magna establece las mismas condiciones y no dispone que la presidencia deba recaer en un magistrado de carrera o en un jurista proveniente del sector externo.
Santo Domingo.– Ante el inicio de las evaluaciones del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) para la conformación de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), el exfiscal del Distrito Nacional y exjuez de esa alta corte, Alejandro Moscoso Segarra, afirmó que la Constitución dominicana no establece que la presidencia de la SCJ deba ser ocupada necesariamente por un juez de carrera.
Moscoso Segarra explicó que el ordenamiento contempla que el 75 % de los integrantes de la Suprema Corte provenga de la carrera judicial y el restante 25 % de profesionales del Derecho, pero sostuvo que no existe una disposición constitucional que determine de cuál de esos sectores debe proceder quien presida el tribunal.
“¿Qué ocurre? Que la Constitución no establece de manera expresa de dónde debe provenir el presidente de la SCJ, si de carrera o del sector externo. Lo que se ha dado en los últimos años es que sean personas no vinculadas a la carrera judicial”, manifestó.
El jurista señaló que existen experiencias de figuras procedentes de fuera de la carrera judicial que han encabezado altas cortes y citó los casos de Jorge Subero Isa y Milton Ray Guevara.
También hizo referencia a La Constitución Comentada, publicada por Finjus, al señalar que la distribución entre jueces de carrera y juristas externos busca preservar una amplia representación de la carrera judicial y, simultáneamente, permitir la incorporación de profesionales que puedan realizar aportes al sistema.
Independencia de los jueces
Moscoso Segarra consideró que la selección de los jueces de altas cortes tiene inevitablemente un componente político, pero sostuvo que lo fundamental es garantizar que quienes sean escogidos ejerzan sus funciones con independencia frente a los poderes políticos, económicos y demás sectores de influencia.
Al abordar la evolución del sistema de selección, recordó que antes de la reforma constitucional de 1994 los jueces de la Suprema Corte eran elegidos por el Senado.
Tras aquella reforma fue creado el Consejo Nacional de la Magistratura, encargado de la designación de los integrantes de las altas cortes.
Asimismo, señaló que las reformas posteriores fortalecieron la carrera judicial y los mecanismos institucionales para el ingreso y promoción de los jueces.
Valora nuevo Código Penal
Moscoso Segarra también se refirió al nuevo Código Penal y consideró que representa un avance respecto a la legislación anterior, al incorporar respuestas frente a modalidades delictivas relacionadas con el crimen organizado, criminalidad tecnológica, delitos económicos y violencia contra la mujer.
Reconoció, sin embargo, que determinadas disposiciones pueden ser objeto de revisión constitucional.
“Hay acciones de inconstitucionalidad y estoy seguro de que el TC acogerá algunas, pero eso no es un problema, porque el Código Penal sin duda es un avance para dar respuesta a la criminalidad y articular una mejor política criminal del Estado”, expresó.
Los planteamientos fueron realizados durante una entrevista en el programa De Entero Crédito, producido por el periodista Héctor Herrera Cabral, donde Moscoso Segarra también abordó temas relacionados con educación, tecnología, ciberseguridad y virtualidad educativa.

