TSE acoge de manera unánime medida cautelar presentada por Eleuterio Abad Santos

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Santo Domingo, D.N. — El Tribunal Superior Electoral (TSE) acogió de manera unánime la medida cautelar interpuesta por el dirigente político Eleuterio Abad Santos, suspendiendo con efecto inmediato la Resolución núm. 3, de fecha 3 de marzo de 2025, emitida por el Comité Político del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), mediante la cual se convocaba la elección anticipada de un precandidato presidencial.

En consecuencia, el Tribunal dispuso también la suspensión de la reunión del Comité Central del PLD, pautada para el próximo 8 de junio de 2025, al considerar que dicha convocatoria forma parte del cronograma interno derivado de la resolución suspendida.

Además, el TSE rechazó en su totalidad y de forma categórica todos los medios de inadmisión planteados por los abogados del PLD, incluyendo alegatos sobre falta de legitimación activa del demandante, supuestos vicios formales y otros intentos de obstaculizar el conocimiento de fondo de la demanda.

La Alta Corte sostuvo que existen elementos suficientes de urgencia, apariencia de buen derecho y peligro en la demora que justifican la adopción de la medida, a los fines de garantizar la legalidad, el equilibrio entre aspirantes y la protección de derechos fundamentales en el proceso interno del PLD.

Asimismo, el Tribunal fijó para las 2:00 de la tarde de este mismo lunes 26 de mayo la continuación de la audiencia para conocer el fondo de la demanda de nulidad interpuesta por Eleuterio Abad Santos.

Esta decisión marca un precedente clave en la defensa de la democracia interna de los partidos políticos y reafirma la competencia del Tribunal para actuar de forma oportuna cuando están en juego los principios de equidad, participación plural y legalidad, conforme a lo establecido en las leyes núm. 33-18, 20-23 y el comunicado oficial de la Junta Central Electoral que prohíbe proclamaciones anticipadas fuera del calendario legal.

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