Cuando Cambian las Reglas Después del Juego: El Caso del PED y Trujillo

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El poder omnímodo de la partidocracia dominicana continúa sin ceder en su intención de manipular las normas constitucionales en contra de Ramfis Domínguez-Trujillo y el Partido Esperanza Democrática (PED). En esta ocasión, el Tribunal Superior Electoral de la República Dominicana (TSE) emitió la Sentencia TSE/0010/2025, mediante la cual anuló las Resoluciones 7-2025 y 8-2025 de la Junta Central Electoral, lo que ha sido interpretado como una decisión que favorece el reposicionamiento en la boleta electoral de partidos bisagra del sistema político, como Alianza País, País Posible y Dominicanos por el Cambio.

Recientemente, el pasado 8 de junio, Ramfis cumplió 10 años desde que renunció a la nacionalidad estadounidense y ha mantenido residencia en el país por más de una década. Este hecho representa un desafío directo a los estamentos tradicionales del poder político, considerando su aspiración presidencial bajo el PED para las elecciones de mayo de 2028. No han sido suficientes los ataques personales, las acusaciones infundadas ni los cuestionamientos a sus derechos constitucionales de elegir y ser elegido como cualquier ciudadano dominicano. Ahora, el objetivo parece ser limitar su crecimiento y su posicionamiento político dentro del escenario electoral, reduciendo su presencia en la boleta, desplazándolo de la casilla número siete (7) a la casilla número diecinueve (19).

La sentencia del Tribunal Superior Administrativo TSA/030-02-2021-SSEN-00318 establece, en esencia, que las autoridades electorales y administrativas deben aplicar de manera coherente y uniforme los criterios que rigen los procesos electorales, evitando cambios arbitrarios o repentinos en la interpretación de las normas una vez que estas han sido aplicadas y asumidas por los actores políticos.

En términos simples, esta decisión refuerza la idea de que las reglas del proceso electoral deben ser estables, previsibles y respetadas durante todo el ciclo electoral, ya que los partidos organizan su participación confiando en ese marco legal. Modificar la interpretación después de aplicado el proceso afecta directamente la seguridad jurídica y la confianza legítima de los participantes.

Esta situación no solo impacta a un candidato o a un partido en particular, sino que pone en evidencia un debate más profundo sobre la equidad del sistema electoral. La democracia se debilita cuando las reglas dejan de ser estables y pasan a depender de interpretaciones cambiantes según el contexto político del momento. La incertidumbre resultante afecta la planificación de los partidos y erosiona la confianza ciudadana en la transparencia del proceso.

El intento de desplazar al PED y a Ramfis Domínguez-Trujillo dentro de la boleta electoral, pasando de la casilla número 7 a la número 19, no es un simple ajuste administrativo. Es una decisión con impacto político directo que afecta su visibilidad, su posicionamiento y su competencia en igualdad de condiciones. En el fondo, lo que está en juego no es una casilla, sino el reconocimiento de una trayectoria política sostenida durante más de 15 años dentro del sistema electoral dominicano.

El PED también ha planteado propuestas que han generado resistencia en sectores tradicionales, como la eliminación de los fondos públicos a los partidos políticos, con el objetivo de reducir la proliferación de organizaciones que sobreviven del financiamiento estatal sin un verdadero compromiso con el fortalecimiento democrático.

El caso favorece directamente al PED y a Ramfis Domínguez-Trujillo porque se apoya en un principio básico del derecho: las reglas no se cambian después de que el proceso ha concluido.

Durante años, la Junta Central Electoral aplicó una misma metodología que sirvió de base para que todos los partidos, incluido el PED, organizaran su participación, definieran sus estrategias y estructuraran su campaña política. Si el propio Estado validó ese marco durante todo el proceso electoral de 2024, no resulta jurídicamente aceptable modificarlo una vez cerrada la etapa electoral.

En esencia, la posición del PED y de Ramfis es clara y difícil de refutar desde el punto de vista jurídico: si las reglas fueron válidas durante el proceso, deben seguir siendo válidas hasta el final. Cualquier modificación posterior no solo rompe la seguridad jurídica, sino que abre la puerta a decisiones impredecibles que erosionan la confianza en las instituciones electorales.

En una democracia, cambiar las reglas después de terminado el juego no es una corrección: es una alteración del resultado. Y cuando eso ocurre, lo que se debilita no es un partido, sino la credibilidad misma del sistema electoral.

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