TSE le establece al PLD como hacer la Consulta

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Danilo Diaz: “Sentencia del TSE no anula el proceso de Consulta para escoger él o la aspirante a la candidatura presidencial del PLD”

Danilo Díaz, Delegado del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) ante la Junta Central Electoral (JCE), negó que la sentencia emitida la tarde de este viernes (20 junio) por el Tribunal Superior Electoral (TSE), anule el proceso de consulta que el Partido se propone organizar para escoger su aspirante a la candidatura presidencial.

“La sentencia que acaba de dar a conocer el Tribunal Superior Electoral (TSE) no le prohíbe al Partido de la Liberación Dominicana hacer su consulta en el año 2026”, explicó Díaz en una reacción temprana a la decisión de la alta corte en materia electoral.

Explicó que lo que se ha anulado es todo lo relativo a la inscripción de aspirantes, que no fue organizado por el organismo competente.

Dijo que el TSE, según se desprende del escrito de la sentencia, se apoya en los Estatutos del PLD para fijar su posición, lo que en gran medida es un reconocimiento a la normativa que rige la vida cotidiana del PLD.

“En la sentencia se deja claro que es una competencia del Comité Central y no del Comité Político, lo relativo al proceso de reglamentar la Consulta, la apertura de la inscripción y establecer las reglas del juego que garanticen la igualdad de oportunidades que deben tener todos los aspirantes”, anotó Danilo Díaz.

En términos prácticos Díaz explicó que la sentencia lo que establece es “como debe hacerse la Consulta, es decir aclara cual es el organismo competente en el PLD para realizarla”.

Dijo que la sentencia ratifica la potestad que tiene el Comité Político peledeísta para proponer y que el Comité Central es el organismo partidario que debe reglamentar el proceso, definir lo relativo a la inscripción de aspiraciones y garantizar el proceso de participación de manera igualitaria.

 

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