Ministerio Público apela decisión judicial que favorece a Raúl Rizik

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Solicitó que la Cámara Penal de la Corte de Apelación que revoque el Auto de No Ha Lugar favorable a Rizik y que ordene la apertura de juicio contra Rizik, a fin de que los hechos sean valorados en el marco de un debate oral y público.

Santo Domingo, 25 de junio de 2025.- La Fiscalía del Distrito Nacional interpuso un recurso de apelación contra la resolución judicial que favoreció al empresario Raúl Antonio Rizik Yeb, aclarando que el proceso penal en su contra por presunta violencia intrafamiliar no ha concluido y que continúa bajo revisión del sistema judicial.

En la notificación fechada el 18 de junio de 2025, el procurador fiscal del Distrito Nacional, Carlos Vidal Montilla, formalizó ante el Quinto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional un recurso de apelación contra el Auto de No Ha Lugar emitido por ese tribunal el 19 de mayo, mediante el cual se rechazaron las acusaciones contra Rizik Yeb por supuesta insuficiencia de pruebas.

“La jueza obvió elementos probatorios de fondo que no pueden ser ignorados, entre ellos múltiples testimonios, peritajes forenses, documentación oficial y pruebas materiales”, señala el Ministerio Público en el recurso. Entre las pruebas citadas figuran evaluaciones psicológicas, testimonios de profesionales de salud mental, actas notariales y armas decomisadas en posesión del imputado.

El Ministerio Público sustenta la apelación en cinco argumentos jurídicos, incluyendo la falta de motivación en la decisión judicial, errores en la valoración de las pruebas y la violación al derecho a la tutela judicial efectiva. A juicio de la fiscalía, la jueza acogió los argumentos de la defensa sin tomar en cuenta el contexto de violencia prolongada documentado en el expediente.

Rizik había difundido en medios y redes sociales que había sido descargado por la justicia. Sin embargo, el Ministerio Público enfatiza que esa afirmación es inexacta, ya que el proceso penal no está cerrado y la decisión está sujeta a revisión por parte de la Cámara Penal de la Corte de Apelación.

El caso involucra una acusación por violencia intrafamiliar, presuntamente ejercida contra su expareja, Alexandra Mejía Alcalá, quien figura como víctima y parte querellante en el proceso. La imputación se ampara en los artículos 309-1, 309-2 y 309-3 del Código Penal, así como en la Ley 24-97 sobre violencia de género e intrafamiliar.

El Ministerio Público solicitó que la Corte revoque el Auto de No Ha Lugar y ordene la apertura de juicio contra Rizik, a fin de que los hechos sean valorados en el marco de un debate oral y público.

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