Ley 30-26 ofrece amnistía fiscal para regularizar deudas tributarias con reducción de recargos e intereses

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La abogada Janet Pérez Gómez recomienda evaluar cada caso con asesoría especializada antes de acogerse al beneficio

SANTO DOMINGO. – La abogada Janet Pérez Gómez explicó que la amnistía fiscal contemplada en la Ley 30-26 no elimina la obligación de pagar los impuestos adeudados, sino que reduce de manera significativa los recargos e intereses generados por el retraso en el pago, convirtiéndose en una oportunidad para que los contribuyentes regularicen su situación tributaria en condiciones más favorables.

La especialista indicó que la medida está dirigida a contribuyentes con deudas en proceso de recurso administrativo o judicial, deudas firmes y aquellos que no hayan presentado sus declaraciones tributarias. Precisó que la conveniencia de acogerse a este beneficio dependerá de la situación particular de cada contribuyente.

Pérez Gómez destacó que quienes opten por acogerse a la amnistía deberán pagar el impuesto correspondiente y cumplir con las condiciones establecidas por la ley, incluyendo, cuando corresponda, el desistimiento de los recursos administrativos o judiciales que se encuentren en curso.

Asimismo, explicó que la normativa contempla la posibilidad de solicitar facilidades de pago de hasta 12 meses, permitiendo a los contribuyentes cumplir sus obligaciones fiscales de manera más flexible.

La jurista recordó que las solicitudes podrán presentarse hasta el 31 de diciembre de 2026, aunque señaló que todavía se espera la emisión de la norma general por parte de la Administración Tributaria, documento que establecerá los procedimientos y requisitos específicos para la aplicación de este beneficio.

Finalmente, sostuvo que la amnistía fiscal constituye una herramienta importante para que personas físicas y jurídicas puedan ponerse al día con sus obligaciones tributarias y recomendó analizar cada caso con asesoría especializada antes de tomar una decisión.

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