Tribunal ordena a COOPNAMA entregar información institucional a Dary Terrero

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SANTO DOMINGO. – La Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional acogió una acción constitucional de hábeas data interpuesta por el señor Hanly Darico Terrero Ramírez contra la Cooperativa Nacional de Servicios Múltiples de los Maestros, Inc. (COOPNAMA), ordenando a dicha entidad la entrega de diversas informaciones institucionales solicitadas por el accionante.

La decisión está contenida en la sentencia núm. 036-2026-SSEN-00452, emitida el 7 de mayo de 2026, mediante la cual el tribunal reconoció el derecho del ciudadano accionante a acceder a información de interés institucional vinculada al funcionamiento administrativo y operativo de la cooperativa.

La acción fue presentada por el abogado Víctor Eddy Mateo Vásquez, quien actuó como representante legal del señor Terrero Ramírez, fundamentando la solicitud en las garantías constitucionales de acceso a la información, autodeterminación informativa y transparencia institucional.

Entre las informaciones cuya entrega fue ordenada por el tribunal figuran:

• El listado de vendedores de vehículos autorizados para comercializar a través de COOPNAMA.
• El informe de auditoría correspondiente al año 2025.
• La nómina actualizada de empleados de la institución.
• Las políticas y procedimientos de servicios.
• Las resoluciones adoptadas por el Consejo de Administración durante el año 2025.

La sentencia constituye un precedente relevante en materia de tutela judicial efectiva y protección del derecho fundamental de acceso a información en entidades de carácter cooperativo, reafirmando que las organizaciones que administran recursos e intereses colectivos están sujetas a estándares de transparencia y rendición de cuentas frente a sus asociados.

El abogado Víctor Eddy Mateo Vásquez valoró la decisión como “un paso importante para el fortalecimiento de la institucionalidad cooperativa y el respeto de los derechos fundamentales de los socios”, indicando que el fallo reafirma la obligación de las entidades cooperativas de actuar conforme a los principios constitucionales de publicidad, transparencia y buena administración.

La decisión judicial ordena a COOPNAMA entregar la documentación requerida dentro del plazo establecido en la parte dispositiva de la sentencia.

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