Ante la exclusión financiera perpetua, urge reformar la Ley 183-02

Fecha de publicación

Por: Homero Luciano

​La República Dominicana se encuentra en un momento estelar de bancarización y modernización de sus servicios financieros. Sin embargo, detrás de las cifras de crecimiento, persiste una realidad sombría para miles de ciudadanos: la exclusión financiera perpetua.

Recientemente, una persona allegada se acercó a nosotros para explicarnos la situación por la que atravesaba con una entidad financiera que le había denegado un préstamo hipotecario, en virtud de que en un registro del sistema financiero (Central de Riesgo) estaba asentada una deuda de hacía más de 15 años; la única alternativa para subsanar este problema era honrando esa deuda, cuyos intereses acumulados se le hacían impagables.

Como este caso, probablemente habrá una lista interminable de afectados por este fenómeno que actúa como una verdadera "muerte civil". Este tiene su origen en una contradicción normativa que el Congreso Nacional no puede seguir ignorando y cuya solución definitiva exige, a mi modo de ver, una reforma puntual a la Ley No. 183-02 (Monetaria y Financiera).

El conflicto nace de una disonancia jerárquica que debe ser resuelta. Por un lado, la Ley No. 172-13 sobre Protección de Datos de Carácter Personal posee el rango de Ley Orgánica, lo que, según nuestra Constitución, le otorga una jerarquía superior para regular derechos fundamentales como el "derecho al olvido".

Esta ley manda que los registros negativos caduquen a los 48 meses. Sin embargo, en la práctica, la Central de Riesgos de la Superintendencia de Bancos, amparada en la Ley No. 183-02 (Ley Ordinaria) y sus reglamentos, mantiene estos registros de forma indefinida.

Es jurídicamente inaceptable que una interpretación técnica de una ley ordinaria —o peor aún, un reglamento administrativo— termine anulando un derecho fundamental protegido por una Ley Orgánica y por la propia Constitución. Esta contradicción no solo es una falla legal; es una barrera para el ciudadano que tuvo un tropiezo económico hace diez o quince años y que, a pesar de haber recuperado su estabilidad y solvencia, sigue "manchado" perpetuamente en el sistema oficial, quedando excluido del crédito bancario.

A pesar de esta contradicción, la reforma es perfectamente posible y necesaria. No se trata de un conflicto irresoluble, sino de una falta de armonización. Al reformar el Artículo 54 y, por vía de consecuencia, el Artículo 56 de la Ley No. 183-02, el legislador podrá establecer explícitamente que la Central de Riesgo debe someterse a los plazos de caducidad de la Ley Orgánica 172-13. Con esto, se eliminaría la discrecionalidad administrativa que hoy permite a los bancos utilizar datos anacrónicos para denegar préstamos bajo alegatos de una evaluación de riesgo eterna.

Esta reforma es un imperativo del Principio de Razonabilidad (Art. 40.15 de la Constitución). No existe justificación lógica para que una falta financiera sea eterna. Además, bajo el Principio de Favorabilidad (Art. 74.1), ante dos leyes en conflicto, las autoridades deben aplicar siempre la que más beneficie el desarrollo y los derechos del individuo.

Reformar la Ley 183-02 es un acto de justicia y de inteligencia económica. Al rescatar a miles de dominicanos de la exclusión, dinamizamos el consumo, fomentamos la inversión formal y debilitamos la usura. La estabilidad del sistema financiero es fundamental, pero no puede cimentarse sobre la condena perpetua de ciudadanos que ya han demostrado su capacidad de levantarse.

​Con esta iniciativa no pretendemos que cobre vigencia el viejo refrán que reza: "las cuentas viejas no se pagan y las nuevas se dejan poner viejas"; no se trata de eso. Dentro de esa reforma se pueden incorporar reglamentaciones de evaluación, como sería el sistema de "puntaje de rehabilitación" que se aplica en otros países, consistente en que, si un ciudadano demuestra estabilidad durante un periodo determinado, la "mancha" antigua no debería ser determinante para la denegación del crédito.

La semana pasada, en su comparecencia como orador invitado por la Cámara Americana de Comercio de la República Dominicana, el ministro de Hacienda, Sr. Magín Díaz, dijo entre otras cosas lo siguiente: “En los próximos días nos proponemos enviar un proyecto de ley al Congreso proponiendo la eliminación de varios impuestos anacrónicos, corrigiendo castigos exagerados y haciendo más fácil la vida de los contribuyentes”. Por lo tanto, estimamos que sería muy oportuno incluir dentro de ese propósito de reformas lo que aquí planteamos.

Es hora de que el Congreso Nacional y los técnicos especializados en esta materia actúen de inmediato para enmendar este entuerto que impide a muchos ciudadanos acceder al crédito bancario, el cual, en estos tiempos, se presenta como una necesidad que nos puede beneficiar a todos.

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